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Mesa de partes virtual

Conciliación Virtual

Según el artículo 10 de la Ley N° 26872 – Ley de Conciliación y conforme a la modificación realizada por la Ley N° 31165, publicada el 13 de abril de 2021 en el Diario Oficial El Peruano; la audiencia de conciliación, además de realizarse en el local del Centro de Conciliación Extrajudicial autorizado, también podrá llevarse a cabo a través de medios electrónicos u otros de naturaleza similar que garanticen la identificación y la comunicación de las partes, así como la autenticidad del contenido del acuerdo conciliatorio. No obstante, para ello sí se exige que el conciliador se encuentre en el local autorizado para el ejercicio de la función conciliadora.

Centro de Conciliación Vive Pacífico, Calle El Carmen 821 - Urb. Santa Rosa, Sullana, Piura (+51) 968350414 - 949316799
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